PROPORCIONAR DEFENSA PENAL Y EFECTIVA A LOS IMPUTADOS
02/11/2022
El Ministerio Público de la Defensa de la provincia de Santiago del Estero es una institución que se encarga de la defensa y protección de los derechos humanos, garantizando el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral, en especial, de quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad.
La Constitución de nuestra Provincia -en su art. 202- establece su autonomía funcional dentro del Poder Judicial, lo cual robustece su función para una efectiva protección de los derechos fundamentales de las personas que representa.-
En el año 2008 fue sancionada en nuestra provincia la Ley Orgánica del Ministerio Público N° 6.924, normativa que refiere sobre la estructura, organización, funcionamiento y pautas de actuación de la defensa pública, estableciendo en uno de sus puntos que todos los integrantes del Ministerio de la Defensa deberán observar -en el desempeño de sus funciones- los principios de flexibilidad, trabajo en equipo y responsabilidad en relación con el resultado de la gestión, teniendo como objetivo lograr la mayor eficacia en la función. Asimismo declara que la principal función del MPD resulta ser asesorar, defender y representar a los requirentes de justicia que sean beneficiarios del sistema de gratuidad, a los imputados que no tengan asistencia legal privada, a los niños, niñas y adolescentes, incapaces y ausentes.
La actuación del Ministerio de la Defensa encuentra su fundamento en el interés social y en la correcta aplicación de la ley. Cabe resaltar que es deber de los miembros del MPD garantizar -en el ejercicio de sus funciones- la comunicación reservada con sus asistidos o representados, evitando conflictos de interés y violación del secreto profesional.
El Ministerio de la Defensa cuenta con Defensorías que actúan en sede Penal, Civil y de Familia y con Asesorías Tutelares de Niñas, Niños y Adolescentes, organismos que actúan en las distintas circunscripciones de la provincia.- Dentro de la estructura organizacional existe un Equipo Interdisciplinario, conformado por psicólogos y trabajadores sociales -auxiliares de la justicia no jurídicos- cuyos operadores realizan un aporte, vinculado con su experticia, para que el MPD pueda cumplir con su misión institucional y social.
Quien acude a una Defensor Oficial puede solicitar asesoramiento y/o patrocinio jurídico gratuito. El personal de la Defensoría evaluará su caso y le brindará el correspondiente asesoramiento y/o patrocinio letrado para – de ser necesario- se lleven adelante las acciones legales pertinentes.
En los procesos penales, el defensor oficial es un funcionario público, cuya finalidad es proporcionar defensa penal efectiva a los imputados o acusados de un delito en todas las etapas del proceso penal, procurando siempre la obtención del resultado más beneficioso para su asistido. Asimismo es deber de los agentes que integran lasdefensorías penales informarse y participar en todos los actos que requieran su presencia conforme la ley procesal, debiendo investigar de manera independiente, recolectando elementos de convicción para su defensa; ejercer todas las acciones y recursos previstos en las leyes, cuando lo estime pertinente; controlar exhaustivamente el cumplimiento de los plazos estipulados en las leyes, debiendo velar para que en todos los casos se respete el debido proceso legal; constituirse periódicamente en los establecimientos carcelarios y lugares de detención a fin de interiorizarse de la situación de sus defendidos, debiendo denunciar las irregularidades que notase como así también las necesidades que adviertan para la normal prestación del servicio de justicia.
Cabe poner de resalto que si una persona es acusada o imputada por un delito tiene derecho a designar un abogado de la matrícula de su confianza, y en el caso de que no lo deseara o no puede hacerlo el Estado, le proporcionará, en forma gratuita un Defensor Oficial. Este derecho debe ser informado inmediatamente al momento de ser detenida una persona.
En lo que respecta a las actuaciones dentro de las Defensorías Civiles y de Familia, se pueden enumerar entre ellas las de asesorar, patrocinar y representar en acciones patrimoniales o extrapatrimoniales a las personas de escasos recursos que se acerquen al organismo, solicitando su intervención. Así también promover y/o participar en las acciones judiciales que afecten a los incapaces o inhabilitados civiles, o de quienes puedan ser declarados tales, debiendo llevar a cabo -para ello- todas las acciones y recursos previstos en las leyes, cuando lo estime pertinente, a fin de velar que en todos los casos se respete el debido proceso legal. El defensor oficial interviene en asuntos de: Alimentos; Cuidado Personal; Régimen de Comunicación; Divorcios; Tutelas; Delegación y Privación de Responsabilidad Partental; Desalojos; Interdictos; Acciones Posesorias; Sucesiones; Cobro de Pesos; Informaciones Sumarias para inscripciones de Nacimientos y de Defunción, entre otros.-
Otro de los organismos del MPD son las Asesorías Tutelares de Niñas, Niños, Adolescentes e Incapaces, entre cuyas funciones se pueden enumerar las de: representar -con carácter promiscuo- a quienes estén sometidos al régimen de incapacidad civil y a los niños, niñas y adolescentes; asistir a Niñas, Niños, Adolescentes e Incapaces en toda audiencia ante los jueces de la causa o ante cualquier otro magistrado que requiera su presencia; peticionar en nombre de ellos ante el juez, en defensa de los derechos a la vida, salud, identidad, ser oído y, en general, de todos los derechos consagrados por la Constitución Nacional, los Pactos Internacionales, la Constitución Provincial y las leyes nacionales y provinciales en materia de Niñas, Niños y Adolescentes y tomar contacto con la comunidad a través de las instituciones específicas a fin de coordinar acciones vinculadas con la protección y asistencia de Incapaces.
Así, de las funciones mencionadas, las que diariamente son llevadas a cabo por los defensores públicos oficiales con su equipo de trabajo y por los distintos órganos que integran la institución, se desprende que el Ministerio Público de la Defensa de la provincia cumple un rol esencial en la comunidad, garantizando el acceso al servicio de justicia, derecho esencial de todos los ciudadanos, Es obligación del Estado brindar una defensa pública, real y efectiva, eliminando los obstáculos que impidan o limiten el libre y pleno acceso a la justicia.
Fuente: El Liberal