Defensa Penal y Civil

¿En qué casos recurrir a una defensoría?


en materia penal


Si una persona se encuentra imputada por la comisión de un delito y no ejerce su autodefensa o no designa abogado de confianza, interviene en su asistencia técnica un Defensor Público provisto por este Ministerio.El Defensor Penal ejerce la defensa pública y gratuita de las personas denunciadas, imputadas, procesadas y/o condenadas en causas penales en los supuestos que se requiera.

Asimismo, realiza las medidas de investigación de la defensa que resulten necesarias y concurre a los establecimientos penitenciarios/policiales donde se alojen sus defendidos en el caso que se requiera.


en materia civil o de familia


Se puede acudir para solicitar asesoramiento y/o patrocinio jurídico gratuito, siempre que justifique la limitación de recursos, situación de vulnerabilidad o cuando estuviere ausente y fuere citado por edictos. La Defensoría evaluará el caso y brindará sus servicios para iniciar las acciones legales pertinentes, siempre que se cumplan con los requisitos legales previstos.

El defensor Civil y de Familia asesora y patrocina en cuestiones de índole:

  • Patrimoniales (daños y perjuicios, desalojos, pequeñas sucesiones, etc.) Y

  • Extrapatrimoniales (filiaciones, divorcios, alimentos, régimen de comunicación, adopciones, etc.),


También interviene en las audiencias de mediación para asegurar que se respeten las garantías constitucionales de igualdad ante la ley de la defensa en juicio.

Además, trabaja con la Asesoría Tutelar de Niñas, Niños, Adolescentes e Incapaces cuando es necesario, y puede concurrir al Hogar de niños Eva Perón, los albergues de Adolescentes Varones y Mujeres que estén judicializados, como toda otra institución pública o privada en donde se alojen personas en situación de vulnerabilidad.